Acto legislativo n.º 1, 28 de noviembre, 1956
REFORMATORIO DE
Sobre ampliación de
DECRETA:
Artículo 1.- Autorízase al señor Presidente de
Artículo 2.- Los actuales Diputados de
Artículo 3.- El presente Acto legislativo será sancionado por el Presidente de
Dado en Bogotá a tres de noviembre de mil novecientos cincuenta y seis.
El Presidente, Julio Roberto Salazar Ferro.- El Secretario, Rafael Azula Barrera.
República de Colombia. Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa.
Bogotá, 3 de noviembre de 1956.