miércoles, noviembre 11, 2009

Provincia de Santander.

Santander.
Por MARIA CALUDIA ERAZO ORTIZ
Introducción

Santander, esta provincia que lleva el nombre de uno de sus ilustres hijos, prócer de la regeneración política del país, servidor fiel de la buena causa, ya combatiendo en los gloriosos campos de Boyacá, ora rigiendo desde el gabinete los destinos de la colosal Colombia, es también la que vio en uno de sus pueblos reunirse el primer Congreso Constituyente de aquella República, que, a la muerte de su fundador Bolívar, se dividió en tres grandes Estados independientes. Limítrofe con la República de Venezuela, hermana de la Nueva Granada en conflictos, padecimientos y triunfos, recuerda con orgullo que en la villa del Rosario nació el patriota justamente calificado de Hombre de las Leyes, y que las primeras que recibió Colombia, se dictaron allí por un puñado de leales ciudadanos, al ruido de las armas y en medio de los azares de la sangrienta guerra de Independencia.[1]

Cuando llegaron los conquistadores españoles la región estaba habitada por varios pueblos, destacando entre ellos el Guane. El municipio más antiguo de Santander es Chipatá, el cual fue fundado en 1537 por Gonzalo Jiménez de Quesada de donde partió y dos años después fundó a Bogotá, capital de Colombia. En Chipatá se oficializó la primera misa de toda la altiplanicie colombiana. Después los españoles se fundieron en una nueva raza que con el paso de los años fueron protagonistas de la Revolución de los Comuneros, origen de la independencia nacional del dominio español. Los santandereanos han estado en la totalidad de los pasajes históricos colombianos. Con la república vinieron las luchas intestinas colombianas en donde los santandereanos siempre estaban presentes. La industria y el comercio ha florecido por épocas. Hoy la recia estirpe del santandereano con algunas de sus costumbres debido al arribo de nuevas gentes tiende a desaparecer.

Poder legislativo

El Gobierno municipal de la provincia se ejerce, a nombre del pueblo de ella, por las corporaciones, autoridades y empleados que se establecen por la presente Constitución, y los que se hayan establecido y se establezcan por ordenanzas especiales. Dividiéndose en Legislativo y Ejecutivo, y cada uno de estos dos Poderes se mantendrá dentro de los límites que se le fijan respectivamente, sin invadir los del otro. Los Poderes Legislativo y Ejecutivo se comparten entre las corporaciones y autoridades provinciales, y las corporaciones y autoridades de distrito. Todo lo que expresamente no se haya atribuido a los distritos, corresponde a la provincia en general.

El Poder Legislativo municipal de la provincia corresponde a la Legislatura provincial, que lo ejerce plenamente sobre toda la provincia; y a los Cabildos parroquiales, que lo ejercen en cada distrito, dentro de los límites trazados por esta Constitución y las ordenanzas respectivas. La Legislatura provincial consiste en una Asamblea compuesta de doce miembros que gocen de los derechos de ciudadanos granadinos, electos por el voto directo y secreto de los sufragantes en cada círculo electoral. El número de Diputados podrá ser hasta de veinticinco, en razón del aumento de población en la provincia. La duración de los Diputados a la Legislatura provincial será la de un año; pero pueden ser reelectos indefinidamente. Por ordenanza especial se les señalarán viático y dietas, si la Legislatura no declara oneroso el destino.

Todo proyecto de ordenanza será discutido en tres debates, en tres sesiones distintas, y aprobada en cada debate por la mayoría absoluta de los Diputados presentes. Aprobada una ordenanza de la manera indicada, será firmada por duplicado por el Presidente y Secretario de la Legislatura, y se pasarán ambos ejemplares al Gobernador, con una comunicación en que se expresen las sesiones en que fue discutida. Recibida la ordenanza por el Gobernador, dentro de tres días la mandará publicar y ejecutar, si no la hallare contraria a la Constitución de la República o a la de la provincia, o inconveniente por cualquier motivo; y devolverá uno de los ejemplares, firmado y sellado, a la Legislatura. Pero si por cualquiera de estas razones, creyere que no es conveniente ejecutarla, la devolverá a la reconsideración de la Legislatura, expresando las razones que para ello ha tenido. Toda ordenanza que no sea devuelta a la Legislatura dentro de los tres días expresados, si está reunida al espirar este término, será obligatoria como si hubiese sido mandada ejecutar por el Gobernador, quien para este efecto está obligado a circularla y publicarla.

Poder ejecutivo

El Gobernador en toda la provincia, los Alcaldes en sus respectivos distritos, y los Regidores en las aldeas, ejercen el Poder Ejecutivo municipal. El Gobernador tendrá para el despacho de los negocios de su cargo, un Secretario y los empleados que determine la Legislatura provincial.

Cada año al abrir la Legislatura sus sesiones, el Gobernador le presentará un informe sobre las operaciones de la administración municipal en la provincia durante el año, y sobre los resultados que hayan producido para mejorar la condición del pueblo; acompañando dicho informe con la cuenta del presupuesto y del Tesoro en el último año económico, el presupuesto de rentas y gastos para el siguiente, y los datos estadísticos necesarios para conocer el progreso de la población, estado moral, social y económico de la provincia. Para suplir las faltas del Gobernador habrá dos Designados, con distinción de 1.o y 2.o, elegidos anualmente por la Legislatura provincial; y en el caso de que ninguno de estos se hallare presente cuando ocurra la falta, esta será suplida por el Procurador provincial, entre tanto que la llena alguno de los Designados. Cuando el Gobernador haga la visita oficial de la provincia, ejercerá sus funciones generales en cualquiera parte donde se halle; y las locales que no pueden ejercerse sino en la capital de la provincia, serán desempeñadas en ella por los Designados y Procurador provincial respectivamente.

Para ejercer las funciones del Ministerio público municipal, habrá un Procurador de la Provincia y un Personero comunal en cada distrito, elegidos respectivamente cada año por la Lejislatura provincial y el Cabildo. El Procurador de la provincia y el Personero comunal llevan la voz de la provincia y del distrito, respectivamente, ante cualesquiera Tribunales y Juzgados, por sí, o por apoderado instruido por ellos, para la defensa de todos o cualesquiera negocios municipales en que tenga interés la provincia o el distrito.

Generalidades de la provincia de Santander

Limites

Confina esta Provincia con las de Ocaña, Soto y Pamplona y con la República de Venezuela.

Su mayor extensión de Sur a Norte desde la quebrada Román, que cae al río Cucutilla, hasta la unión del Sardinata con el Tarra, es de 28 leguas; y del Este al Oeste desde el río Táchira, frente a San Antonio, hasta la cumbre del páramo de Guerrero, es de 16 leguas. Contiene serranías que forman páramos elevados, abundantes en lagunas, donde se originan ríos y quebradas que bajan despeñadas por escarpes inaccesibles; los unos cubiertos de ricos pastos, los otros erizados de rocas desnudas, de cuyo pie se extienden para abajo numerosos cerros cargados de bosques, los cuales forman como el pedestal de aquellas masas calizas casi siempre rodeadas de nubes y animadas por torrentes que se precipitan en cascadas siguiendo las hondas quiebras de la serranía. Conforme se aleja ésta de la masa principal, disminuye su altura y pierde los picos agudos y paredones derechos para contornearse en suaves laderas vestidas de árboles y praderías en que pacen ganados, o cultivados de cereales y otras plantas siempre lozanas. Divídese por fin en ramales decrecientes hasta reducirse a meras colinas, de ellas áridas algunas, muchas alfombradas de gramíneas, otras que se explayan en valles y llanuras; las primeras poco habitadas; las segundas sustentando vecindarios y haciendas prósperas, las últimas sumergidas entre selvas vírgenes que, aún no exploradas, se extienden hasta las cenagosas márgenes del Lago de Maracaibo.

El área de la Provincia consta de 265 leguas cuadradas granadinas, de las cuales 164 permanecen baldías y apenas visitadas por cazadores aventureros. La población ascendió en1850 a 21.282 habitantes resultando 83.3 por cada legua cuadrada en el territorio total, y 210.7 en la parte poblada.

División territorial

La provincia de Santander, consta de tres cantones: el de San José, que comprende cuatro distritos parroquiales, 1 aldea y 8 grandes vecindarios; el del Rosario con 2 distritos parroquiales y 6 vecindarios, y el de Salazar, que cuenta cuatro distritos parroquiales y 20 vecindarios; en todo 10 distritos, 1 aldea y 32 vecindarios, ocupando un territorio de 265 leguas granadinas cuadradas, con 21.282 habitantes. Resulta, pues, que la población específica del territorio entero es 83.3 individuos en legua cuadrada; pero como hay 164 leguas cuadradas baldías y desiertas, la población está situada en las 101 restantes, respecto de las cuales hay 210.7 individuos en cada legua superficial. Adoptando la división en millas cuadradas, tendremos 23.6 habitantes sobre cada milla en la parte poblada, y menos de 9 en el territorio total. La Rusia cuenta 37 habitantes por milla cuadrada. La Francia 208.

Agricultura y ganaderia

Produce la agricultura en esta Provincia 19 especies de frutos que satisfacen el consumo interior y suministran artículos para el comercio exterior. Son los siguientes: trigo, papas, yuca, maíz, frisoles, garbanzos, arroz, arvejas, ahuyamas, arracachas, plátanos, cebollas, ajos, anís, algodón, tabaco, azúcar, panela, miel, aguardiente, café y cacao.

Las manufacturas consisten en sombreros jipijapa (que en Salazar llaman iraca, y en otras partes nacuma) y de caña, lienzos de algodón, alpargatas, sogas, mochilas, monturas, cueros curtidos, atarrayas y algunas herramientas fabricadas en 7 herrerías con hierro de Pacho, y por combustible, carbón mineral sacado de varios lugares de la Provincia.

Hay buenos potreros en que ceban ganado vacuno, dehesas para la cría de caballos y mulas, pocas ovejas y abundancia de cerdos y cabras. El comercio no se aprovecha sino de las mulas y caballos, que se cambian por ganado de Arauca, el cual engordado en los potreros, se llevan los traficantes del interior.

Minas

Las hay muy ricas de carbón de tierra en toda la Provincia, trabajándose para el consumo de los herreros las de Salado y Juan García. Hallase cobre en Terán, orillas del Peralonso, cantón Salazar; azufre nativo en el puente Batatas, cantón San José; sal de Glauber, no pura, en el Salado de Quebradaseca; alcaparrosa en la Carbonera y Zulia; magnesia en Quebradaseca y Espinal; yeso en Palmar y en las sabanas, donde también hay anchos filones de arcilla plástica de diversos colores; piedra de cal en las colinas adyacentes a los valles; y finalmente talco y mica en Arboleda, e indicios de minas de hierro por donde quiera que predomina la formación carbonífera. No hay oro ni plata.

Comercio

La provincia de Santander mantiene un comercio activo con Maracaibo, (Venezuela), de donde recibe sal marina, géneros y caldos extranjeros, pescado, queso, aceite de coco y canime, petates, baúles de cedro, baños, cocos, herramientas, arneses, muebles y dinero; da en cambio sombreros jipijapa, cacao, cueros, café, zarzaparrilla, quina, panela, arroz, loza vidriada, sebo, cuernos, ajos, cebollas, menestras, yerbas medicinales, alpargatas, sogas, sombreros de caña, ruanas de lana, manta blanca, sacos, conservas, tabaco, azúcar, anís, e hinojo. Agregase el comercio con San Antonio, (también Venezuela) que envía loza común, papas, maíz, frisoles, tabaco de Barinas, ganado llanero y suelas; llevando en cambio cacao, ropas nacionales, panela, azúcar, tabaco de Jirón y Ocaña, ganado gordo, quesos, mulas, caballos y harina. Este comercio exterior determina un movimiento de valores que pasa de medio millón de pesos anuales en los artículos registrados por las Aduanas. Estimándose en 50.000 cargas anuales el tráfico del puerto de Los Cachos y camino de San Antonio, y siendo 10 reales el flete ordinario de cada carga desde San José al puerto, quedan a los trajineros de la provincia 62.500 pesos anuales de salario, que se distribuyen entre las clases jornaleras.

El presidente Mariano Ospina Rodríguez sancionó, el 13 de mayo de 1857, la ley aprobada en el Congreso de la Nueva Granada para crear el Estado federal de Santander con el territorio jurisdiccional que hasta entonces habían tenido las provincias de Pamplona y Socorro. El 15 de junio siguiente, este presidente sancionó otra ley que creó otros cinco estados federales. Fue entonces cuando se agregaron al territorio del Estado de Santander los territorios del cantón de Vélez y los distritos de Ocaña. Con estas dos leyes comenzó la existencia de Santander como una de las entidades político-administrativas singulares de la nación colombiana. En 1862 se convirtió en estado soberano y en 1886 en departamento, condición que hasta hoy conserva. Su primera capital fue Bucaramanga, por disposición de la Asamblea constituyente reunida en 1857, pero en 1862 otra asamblea trasladó la capital a Socorro. Sin embargo, desde 1886 Bucaramanga se convirtió de nuevo en la capital del Departamento de Santander

Conclusiones

· En esta constitución no existe el poder judicial todo el ordenamiento estatal se basa en el poder legislativo y ejecutivo.

· Como se puede apreciar el lo anteriormente mencionado Santander ha sido una de las regiones de Colombia con mayor riqueza histórica.

· El 13 de mayo de 1857, la ley aprobada en el Congreso de la Nueva Granada para crear el Estado federal de Santander con el territorio jurisdiccional que hasta entonces habían tenido las provincias de Pamplona y Socorro.

Bibliografía

· Constitución provincial de Santander 1853

· Jeografia física y política de las provincias de la nueva granada, tomo II

· http://www.lablaa.org/blaavirtual/revistas/credencial/enero2002/division.


[1] GEOGRAFÍA FÍSICA Y POLÍTICA DE LAS PROVINCIAS DE LA NUEVA GRANADA

Provincia de Túquerres.

“REVOLUCIÓN” INDÍGENA EN LA PROVINCIA DE TUQUERRES EN EL AÑO DE 1800.
Por ANDRES FELIPE GARCIA
INTRODUCCIÓN
Para conocer las normas de un estado, es necesario conocer con anterioridad su historia, por que como dice el argot “el que no conoce su historia tiende a repetirla”, y el estudio que pretendo hacer con este trabajo es relatar con hechos un suceso tan importante como fue el levantamiento del pueblo indígena en el año de 1800 en Túquerres para terminar con el despotismo y tiranía impartida por dos personajes importantes como lo fueron don Francisco y don Atanasio quienes en razón de su cargo e importancia política, sublevaron a los habitantes e impusieron sus normas, concentraron el poder y con tratos inhumanos hicieron lo que su voluntad dictó por no más de diez años, periodo en el cual los principales afectados fueron las minorías indígenas. “REVOLUCIÓN” INDÍGENA EN LA PROVINCIA DE TUQUERRES EN EL AÑO DE 1800. En 1792 llegan a Túquerres dos personajes, los Clavijos, que cambiaran la historia de esta provincia de población indígena; don FRANCISCO y don ATANASIO, el primero designado corregidor de la provincia, el segundo quien compra los predios de Túquerres y se encarga de cobrar los impuestos y diezmos con el fin de obtener mayores ganancias con las nuevas obligaciones impuestas a los indígenas de la región. Don Francisco y don Atanasio se aprovecharon de los indígenas y de la élite de la provincia con su despotismo, tiranía y abuso, creyéndose dueños y señores no solo de las tierras sino también de la gente y sus posesiones. El gobierno de ellos dos perduró por un lapso no mayor a diez años, en los cuales se cometieron atropellos a la dignidad humana de los habitantes y trato desigual marcado a los indígenas como violaciones, saqueo de chozas, arrebato arbitrario de sus pertenencias, azote, tortura, trabajos forzados sin remuneración, aborto y asfixia, entre otros, motivo por el cual pasados un par de años se contemplo el ideal revolucionario de acabar con estos tiranos y devolverle así a tuquerres la paz que tenían antes de su llegada ya que por la vía legal no pudieron hacer nada. En 1800 es expedido el “recudimiento de diezmos” por la Real Audiencia de Quito, noticia que favorecería a don Francisco y don Atanasio por que este documento aumentaría los impuesto ya cobrados por ellos en la provincia, y agregaría mas artículos dentro de su cobro desmedido. Solo hasta una misa mayor celebrada 18 de mayo de 1800, para avisar a la población de la aplicabilidad del documento, es que se subleva el vulgo y con la ayuda de MANUELA CUMBAL y FRANCISCA AUCUG, se genera la conmoción al tomar el documento y romperlo en frente de los presentes, lo que ocasiona una revuelta en la plaza principal de Túquerres. El día 19 de ese mismo año, se captura a las dos mujeres indígenas para ser trasladadas a la capital de la provincia donde serian juzgadas, pero el pueblo indígena manda a rescatarlas para así parar el despotismo, razón por la cual más de 300 indígenas se armaron con palos y piedras para perseguir a los Clavijos, a don Francisco y a Atanasio quienes velando por su vida se internan en la iglesia principal de la plaza. Al día siguiente, la turba seguía al frente de la iglesia, esperando por su “libertad”, y sin poder realizarse la misa ese domingo, se oían en la plaza los gritos, exigiendo que se abrieran las puertas, cosa que no sucedió y fue así como Entraron furiosos, con odio, armados con palos, piedras, herramientas de trabajo, con churos y tambores, reclamaban justicia. "Que dios ni que dios, ya está el diablo con nosotros", gritaban, "no hay perdón, guerra, guerra..." . Pero allí no paró todo, porque los indígenas logran entrar a la iglesia, acorralan a Atanasio, lo lesionan y maltratan hasta que el borracho del pueblo le propina un hachazo en la cabeza acabando con la vida de Atanasio, pero que ironía matar con la misma forma que los mismos indígenas rechazaban, no hubo juicio, no hubo derecho de defensa, no hubo nada que parara al ideal revolucionario de esos 300 personajes, por lo menos accedieron a darles cristiana sepultura por parte del sacerdote. Fueron 17 los indígenas condenados por los delitos cometidos ese día, dentro de las condenas se encontraron los azotes, vergüenza pública y destierro. PERO, a RAMON CUCAS REMO y JULIAN CARLOSAMA, considerados los cabecillas principales y encontrados culpables de los crímenes, "reos de la lesa Majestad humana y divina", fueron condenados a la pena de muerte, arrastrados por las calles de Pasto amarrados a la cola de caballos, llevados a la horca y descuartizados, en tanto el pregonero decía: "quien tal hace que tal pague", las cabezas de los dos serían expuestas en la plaza de Túquerres y sus manos en la plaza de Guaitarilla. Después de lo acontecido, nada mas paso, solo queda el recuerdo de esa sangrienta tarde, donde un grupo de seres humanos clamaron libertad y se libraron de los opresores. CONCLUSIONES En todas las épocas de la historia ha sucedido lo mismo, desde Roma hasta Kosovo, y en todas el círculo vicioso se repite una y otra vez, círculo que consiste en derrocar un poder por parte de una mayoría aminorada y eliminar o degollar si es el caso a la minoría que sustenta el poder, para así poner a unos cuantos a gobernar de una manera y cumplirse el ciclo volviendo a derrocarla. Lo anterior no se cumplió para Túquerres, ya que aunque el ideal fue el mismo, no lograron obtener mayor beneficio para su pueblo y para su vida en sociedad, sino que por el contrario obtuvieron penas, multas y desprecio por el virreinato y por las altas autoridades, quienes los tacharon de traidores y brutales inhumanos por los delitos cometidos contra tan “altos” hombres como lo fueron don Francisco y don Atanasio. El poder es un instrumento que bien utilizado genera muchos beneficios para la población de un estado o provincia, pero si algo se reflejo en esta historia fue la falta de diligencia para con las tribus indígenas a cambio de dinero, pero es entendible, pues el dinero da poder, pero a su vez lo quita. Hoy en día Túquerres es un municipio de Nariño, igual que los demás que existen en el país, pero con una gran diferencia, y es que ellos si recuerdan con desprecio y llanto lo sucedido con sus antepasados. BIBLIOGRAFÍA RESTREPO PIEDRAHITA, Carlos. “constituciones de la primera republica liberal”, universidad externado de Colombia, tomo II, Bogotá. 1979. http://www.tuquerres-narino.gov.co/nuestromunicipio.shtml?apc=m1I1--&m=d#Cultura

Provincia de Riohacha.

La participación de los grupos étnicos en la provincia de Riohacha.

Por Francisco Linares Ayala

En este ensayo pretendo mirar si en realidad hubo una participación activa de los diferentes grupos indígenas en la provincia de Riohacha durante los años de 1853 y 1855, o si por el contrario fue un grupo marginado de toda actividad política, social etc. Para poder contestar a esta pregunta me base en varias fuentes de información tales como libros, videos, internet, o cualquier otro medio que me sirviera para poder darle sustento a mi respuesta, no sin antes hacer una breve reseña histórica de Guajira, de su origen etimológico, de sus características e importancia histórica, como también mirar un poco la parte etnohistórica indígena, como de las culturas indígenas de la Guajira.

El nombre de Guajira aparece por primera vez en la cartografía histórica, en el planisferio elaborado por Juan de la Cosa en 1500, en la “carta anónima de las Antillas” de 1525 y en los dibujados en 1527 por Fernando Colón, quien adquirió una basta cultura por los viajes que realizo con su padre a América y la “carta universal” de 1529, famoso mapamundi del cosmógrafo portugués, al servicio de la casa de contratación de Sevilla.

En los primeros años del descubrimiento llamaban a la península de la Guajira con el nombre de Coquibacoa o Cocibacoa, que parece ser una voz de los indios Cocinas, y que Ojeda confundió con una isla.

En cuanto a la etimología del nombre de la península, hay diversidad de criterios, unos dicen que Guajira es una adulteración del vocablo Caribe “waira”, que al castellano traduce “amigo intimo”, “hermano” o “sobrino” por la línea materna y que el conquistador encontró oportuno y lógico darle a su tierra el Waira o Guaira como garantía de mutua paz, concordia y fraternidad.

En resumen se cree que Guajira es voz Caribe y no Arawak que es a la familia lingüística a la cual pertenecen los guajiros.

La península de la Guajira privilegiada por la mano providencial de la naturaleza, esta situada en la esquina nororiental de Colombia. Desde el punto de vista histórico, la Guajira ocupo un lugar importante como lugar de tránsito y punto de apoyo hacia el descubrimiento del Nuevo Reino de Granada. La Guajira tiene tres características fundamentales: por una parte la riqueza de de sus recursos marinos, su configuración geológica y por su ubicación en una zona natural de migración.

La primera característica o sea los recursos naturales marinos ricos y terrestres más llimitados por el clima seco, determinan una función del grado de desarrollo tecnológico.

La segunda característica, es tal vez la causa para que la Guajira no tuviera un acelerado desarrollo demográfico.

La tercera característica implica que lejos de ser territorio de una población relativamente estable, desde tiempos de la conquista, la Guajira ha sido el teatro de múltiples flujos migratorios venidos de varias partes.

Ahora voy a tratar por encima el tema de la etnohistoria indígena. Las poblaciones americanas ocuparon estos territorios a partir de un periodo probablemente muy anterior a 20.000 años antes de nuestros días; en el caso de Colombia, las fechas mas tempranas, correspondientes al periodo llamado Paleo indio, señalan una antigüedad de 16.000 años y en cuanto respecta a la Guajira se calcula en unos 10.000 años.

El proceso de invasión Karib habría tenido probablemente origen en algunas zonas del Brasil entre los ríos Xingu y Tapajoz y habría tomado desde allí direcciones divergentes.

Cuando los españoles empezaron la conquista, poblaban lo que hoy es el norte de Colombia y el occidente de Venezuela tribus indígenas de varias familias lingüísticas: Arawak, Caribes y Chibchas, en las condiciones de la sociedad primitiva.

Se tiene conocimiento de que la agrupación indígena de los Alhuag, Aruhag, Aruhuguacos o Arawacos fue la primera pobladora de la península con centro o nucleo dominante al norte de el cerro de la Teta, Jarara central y en las laderas de la serranía de Macuira y que fue desalojada por una comunidad venida de lejanas tierras y llevada hasta la sierra Nevada de Santa Marta, en donde aún viven sus descendientes.

En el estudio de los grupos aborígenes precolombinos y actuales se ha podido comprobar la existencia de tres troncos lingüísticos: la familia Chibcha, la familia Caribe y la familia Arawak. A partir de los conquistadores empieza el proceso de extinción de los grupos indígenas con una guerra a muerte no declarada, al tratar de resistir la invasión europea. El impacto que la civilización hispana produjo en los pobladores indígenas era por desgracia inevitable, en muchas regiones del país la destrucción fue sistemática. A La crueldad de los conquistadores opusieron implacables represalias; pero hubieron de ceder el terreno y rendir la vida. Los que sufrieron en mayor proporción los efectos de determinación traídos por la conquista, fueron quizás los de nivel cultural más avanzados, los que lograron adaptarse con menor dificultad a la nueva cultura, aunque en condiciones de inferioridad manifiesta. Fueron estos, los que facilitaron la mezcla de la raza americana y la europea en nuestro territorio.

Para entrar en materia, y luego de un breve paso por la historia de lo que hoy se conoce como la Guajira y de ver su importancia histórica por sus características fundamentales y de su diversidad étnica, a lo largo de la lectura de las constituciones provinciales de 1853 y 1855 de Riohacha no se ve una clara atención a estos grupos étnicos, de hecho, solo se refieren a un grupo indígena, en los artículos 67 de las dos constituciones provinciales donde se refieren a los individuos aurohuacos donde se les exceptúa del pago de toda contribución, pero aparte de eso, no hay una parte que se dedique particularmente a estos grupos aborígenes, y no se ve un gran cambio con la constitución de 1855. Pero se puede ver un cambio drástico con nuestra constitución actual, ya que además de ampliar en muchos temas, cosa que no hacen las constituciones del siglo XIX, se ve un gran respeto de los derechos de los indígenas, además que se les garantiza varios derechos entre ellos la educación, en donde la ley 155 de 1994 garantiza la educación bilingüe de los grupos étnicos.

En términos generales, se puede ver claramente que los aborígenes quienes fueron los primeros pobladores de América, mucho antes que los conquistadores europeos han sufrido mucho desde la llegada de los colonizadores, y que han sido objeto de varias torturas y maltratos por diversidad de motivos, llámese intolerancia, ignorancia, etc. También es claro que después de conseguir la independencia no hubo muchos cambios, además de que fueron casi exterminados por los españoles, no fueron tenidos muy en cuenta, mas bien eran tratados como diferentes, pero solo con el paso de los años se ha venido dando un cambio de tolerancia hacia estos grupos, como se puede ver en la constitución de 1991 que es el resultado de tanta intolerancia.

Bibliografía.

Constitución provincial de Riohacha de 1853.

Constitución provincial de Riohacha de 1855.

Constitución Política de Colombia de 1991.

Ley 115 de 1994.

Editorial fundación mixto para la promoción de la cultura y las artes de la Guajira. Marco Tulio Annicchiorico Robles. Fundación de Riohacha “perla preciosa” páginas 76 a 86.