Acto legislativo n.º 1, agosto 5, 1931
«REFORMATORIO DE LA CONSTITUCIÓN. (SERVICIO DE NOTARIATO Y REGISTRO)».
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.- Compete a la ley la creación y supresión de Círculos de Notaría y de Registro, y la organización y reglamentación del servicio público que prestan los Notarios y Registradores.
Artículo 2.- Queda así reformado el numeral 5.º del Artículo 54 del Acto legislativo número 3 de 1910.
Dado en Bogotá a primero de agosto de mil novecientos treinta y uno.
El Presidente del Senado, Román Gómez.- El Presidente de la Cámara de Representantes, José Camacho Carreño.- El Secretario del Senado, Felipe Lleras Camargo.- El Secretario de la Cámara de Representantes, Horacio Valencia Arango.
Poder Ejecutivo.- Bogotá, agosto 5 de 1931.
Publíquese y ejecútese.- Enrique Olaya Herrera.- El Ministro de Gobierno, Agustín Morales Olaya.